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Los almacenes de depósitos portátiles con líquidos combustibles o inflamables son un reto de protección para los profesionales de la protección contra incendios.
Existen regulaciones y normas de diseño de sistemas para su configuración y protección, que establecen fundamentalmente limitaciones en su cantidad y altura de almacenamiento. Sin embargo, algunas situaciones de la industria actual no están totalmente definidas o contempladas.
El reglamento más específico de aplicación en España es el RD 379/2001 (Almacenamiento de productos químicos) y su ITC MIE APQ-1 (almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles).
En función de las clases de combustible (basadas en su temperatura de inflamación), el reglamento determina un conjunto de requisitos y limitaciones que, en muchos casos, están bastante por debajo de algunas necesidades de la industria.
En concreto, en almacenamientos de interior (estanterías o pilas) la altura de almacenamiento máxima permitida es, en el mejor de los casos, 4,5m. Para líquidos combustibles de las categorías más inflamables, la limitación llega incluso a 1,5m de altura. También se limita bastante la capacidad máxima de las pilas de almacenamiento. Paradójicamente, como empresa de protección contra incendios, opinamos que las medidas de protección de tipo activo se limitan en su mayor parte a los medios manuales tradicionales (extintores, bocas de incendio e hidrantes), quedando los sistemas automáticos de extinción (rociadores, espumas, etc.) como una posibilidad opcional.
Recurriendo al Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RD 2267/2004), el artículo 1 remite al anteriormente mencionado RD379/2001 como referencia para aplicación en este tipo de establecimientos. Únicamente, se indica la complementariedad del propio 2267/2004 para aquellos casos donde las disposiciones de los reglamentos sectoriales no definan completamente algún aspecto. En este punto, parece asumible que el RD2267/2004 pueda ayudar a la hora de determinar el modo de protección para situaciones no definidas en el reglamento de almacenamiento de productos químicos.
Eso parece necesario, ya que efectivamente algunas de las situaciones que en la industria actual se producen no parecen estar recogidas en el actual reglamento RD 379/2001.
Sin embargo, lo cierto es que las normas de diseño (UNE) disponibles conforme al RSCIEI son en cierto modo aún insuficientes para determinar la protección en muchas situaciones.
La norma UNE EN 12845, sobre rociadores automáticos, cuenta con un anexo para la protección de bidones de líquidos combustibles e inflamables, pero con dos importantes limitaciones:
Estas dos limitaciones de la UNE EN 12845 dejan fuera cualquier tipo de almacenamiento en estantería paletizada de, por ejemplo, recipientes de aceite lubricante para coche (de unos 5 litros), ya sean metálicos o plásticos. También quedan fuera de las posibilidades de protección por rociadores los contenedores tipo IBC de 1000 litros, tan utilizados actualmente, pues se trata de recipientes plásticos (PEAD-APM).
Por su parte, la norma UNE EN 13565 (Sistemas Espumantes), incluye referencias a la protección de almacenamientos en estantería, pero siempre remitiendo a la UNE EN 12845 como referencia de diseño.
Parece por tanto que las posibilidades prescriptivas en esta materia quedan, al menos una parte, sin definición clara. Probablemente, el enfoque prestacional, apoyado en conocimientos de la dinámica del fuego, del humo, y en las propias instalaciones de protección, sea la única forma de llegar a establecer sistemas adecuados los riesgos que se presentan en la industria actual.
En estos casos, sólo la combinación de todos los factores (ingeniería, simulaciones, diseño de instalaciones activas y control de humos) puede aportar soluciones apropiadas y realizables. El desarrollo rápido del incendio, el posible vertido de líquidos combustibles, el desarrollo de grandes cantidades de humo, etc., merecen un tratamiento de ingeniería y diseño muy detallado para poder alcanzar las condiciones de seguridad necesarias.
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